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Guarda y Custodia Compartida

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Es común que algunas personas se separen de sus parejas. Por lo general, esta situación es muy complicada, sin importar que sea una decisión mutua o que solo una de las partes lo pretenda. Lo anterior se complica cuando la pareja tiene hijos menores de edad y se debe decidir si ambos compartirán la custodia o si, por el contrario, solo uno de ellos la tendrá.

En este artículo encontrará mucha información sobre este tema y lo que se debe esperar al enfrentarse a un procedimiento de este tipo.

¿Qué es la guarda y custodia de los hijos menores?

La guarda y custodia es el cuidado, la convivencia y la asistencia que los padres deben tener para con los hijos. Esto, con la finalidad de facilitar el desarrollo físico e intelectual, la educación y la formación de los menores.

Mientras la pareja permanece unida, la guardia y custodia recae en ambos progenitores; sin embargo, cuando se da un divorcio o una separación esta situación se interrumpe y se debe procurar la estabilidad de los menores.

Ante una separación, debe determinarse cuál de los padres mantendrá la custodia de los hijos o si ambos la ejercerán de forma conjunta. Esta última opción, por lo general es la más favorable para los menores y se conoce como custodia compartida.

Custodia compartida en Barcelona

Cualquier persona que se separe de su pareja y tenga hijos menores en común, debe estar bien asesorado por un abogado especialista en la materia que lo ayude a establecer con quien se quedarán los hijos.

En ese sentido, la guarda y custodia tiene varias modalidades y las más comunes son la monoparental y la compartida. La primera, es la ejercida de manera exclusiva por uno de los progenitores, mientras que la segunda la ejercen los padres de forma conjunta y es la más recomendable por el bien superior de los hijos.

En la compartida, ambas partes ejercen el cuidado, educación y formación de los hijos durante períodos que no se solapan entre sí. En este punto es importante tomar en consideración que en el tiempo en el que los hijos convivan con uno u otro padre éste será el responsable de tomar las decisiones cotidianas que afecten a los hijos.

¿Cómo se decide la distribución de la custodia?

Los progenitores tienen el derecho civil de tomar la decisión sobre cuál de ellos ejercerá la custodia o si será compartida entre ambos. Sin embargo, de no existir un consenso claro entre ellos, la decisión le corresponderá a un juez.

En este punto, durante el proceso de separación o divorcio, los padres deberán presentar al juez un acuerdo o plan de parentalidad. En dicho documento, se deberá establecer aspectos muy importantes como cuál será el lugar en el cual vivirán los hijos habitualmente. Así como cuáles serán las tareas de las que se responsabilizará cada padre en relación con las actividades cotidianas de los hijos. Allí también se deberá establecer la forma en la que se efectuarán los cambios de custodia y la división de los gastos de los menores.

Otro aspecto relevante en este punto, es establecer un régimen de visitas para el progenitor que no ejerce la custodia. Asimismo, también se debe establecer la mejor forma de comunicación con los hijos durante los periodos que una de las partes no los tenga consigo.

En el acuerdo o plan de parentalidad también deberá constar el régimen de estancias durante las vacaciones y fechas señaladas, el tipo de educación y actividades extraescolares. También deberá constar la forma de decidir algún asunto relevante de los hijos.

Por lo general, estos son temas delicados para una familia que se encuentra pasando por un proceso de separación y adaptación. Por eso es importante buscar la asesoría de un abogado especializado en familia para que lo oriente en la mejor forma de redactar estos puntos.

Acuerdo entre las partes para la custodia

Una vez que los progenitores llegaron a un acuerdo sobre los aspectos mencionados en el punto anterior, deberán presentarlo ante la autoridad judicial para su aprobación. En ese momento, el juez encargado del caso lo estudiará velando siempre por el respeto al principio del bien superior de los menores.

Si el juez considera que el acuerdo contiene elementos que no cumplen con este principio, les indicará a las partes de ello y fijará un plazo para su subsanación. Aquí es importante que las partes tomen en cuenta que, si el acuerdo modificado no cuenta con la aprobación del juez o no se presenta una nueva propuesta, será el juez quien decida qué es lo mejor para los menores.

Decisión del juez

Si los padres no han presentado un acuerdo satisfactorio, la autoridad judicial determinará tanto el tipo de custodia como la repartición de responsabilidades entre los progenitores, esto atendiendo al criterio de responsabilidades parentales conjuntas. Sin embargo, si durante el proceso, el juez considerara que la custodia compartida no conlleva un bien para los hijos, podría decidir la monoparental.

En tal sentido, la autoridad judicial evaluará aspectos relevantes, como el mandato legal. En consecuencia, no procederá la custodia compartida cuando a uno de los progenitores se le haya dictado sentencia firme por actos de violencia contra algún miembro de la familia.

¿Son lo mismo la Patria Potestad y la Guarda y Custodia?

No, no son lo mismo. Hay varias diferencias importantes entre estas dos figuras jurídicas.

Por un lado, está la patria potestad, que es la representación general que los padres ejercen, así como la administración de los bienes de los hijos menores de edad. En otras palabras, esta figura existe solo por el hecho de ser los progenitores del menor. La única forma de perder la patria potestad es por las causas establecidas por ley, debiendo dicha circunstancia ser declarada por un juez.

Como ya señalamos, la guarda y custodia es la convivencia habitual, el cuidado y las decisiones cotidianas de la vida de los hijos menores habidos en el matrimonio. Este cuidado y convivencia puede ser objeto de acuerdos o incluso ejercido en exclusividad por solo uno de los padres, pero esto no implica de forma alguna la pérdida de la patria potestad del otro.